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El artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades (L.O.U.) regula la colaboración entre la Universidad y el sector empresarial. Las modalidades de servicios que la Universidad puede prestar en el marco de esta norma pueden agruparse en las siguientes categorías:
- Trabajos de investigación y desarrollo experimental.
- Trabajos profesionales orientados a la introducción de nuevas tecnologías.
- Trabajos de carácter artístico.
- Actividades de consultoría y asesoría.
- Servicios técnicos repetitivos.
- Actividades docentes en el ámbito de los cursos de especialización, formación y perfeccionamiento.
- Nuestros grupos de interés cuya satisfacción medimos cada año.