• El artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades (L.O.U.) regula la colaboración entre la Universidad y el sector empresarial. Las modalidades de servicios que la Universidad puede prestar en el marco de esta norma pueden agruparse en las siguientes categorías:

    • Trabajos de investigación y desarrollo experimental.
    • Trabajos profesionales orientados a la introducción de nuevas tecnologías.
    • Trabajos de carácter artístico.
    • Actividades de consultoría y asesoría.
    • Servicios técnicos repetitivos.
    • Actividades docentes en el ámbito de los cursos de especialización, formación y perfeccionamiento.
    • Nuestros grupos de interés cuya satisfacción medimos cada año.

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